La diputada Frinné Azuara Yarzábal presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado en materia de protección de ríos, cuerpos de agua interiores y fauna acuática, con énfasis en la región huasteca que se integra por 20 municipios.
En el catálogo de delitos aún no existe una figura penal específica dirigida a sancionar la pesca ilícita en ríos, lagunas, manantiales y demás cuerpos de agua interiores, pese a que éstos constituyen un componente esencial del patrimonio ambiental potosino y un soporte clave para las comunidades de la Huasteca.
El propio Código Penal del Estado identifica la reparación del daño, la sanción pecuniaria y el decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito como penas aplicables de manera general, incluyendo los delitos contra el ambiente, lo que permite articular sanciones integrales frente a quienes dañen los ecosistemas acuáticos.
Dijo que por ello, resulta jurídicamente viable y sistemáticamente congruente incorporar un tipo penal de pesca ilícita dentro del Capítulo relativo a los delitos contra el ambiente, como artículo 295 Bis, a continuación del actual artículo 295 que ya tutela cuerpos de agua, humedales y cauces.
Asimismo, se propone una reforma al artículo 295 para visibilizar de forma expresa la protección reforzada que merecen los ríos, lagunas, humedales y cuerpos de agua de la región Huasteca Potosina, sin alterar el catálogo de conductas punibles ya previstas en dicho artículo.
Las sanciones propuestas en el nuevo artículo 295 Bis —uno a cuatro años de prisión y trescientos a dos mil días multa en su tipo básico; tres a ocho años de prisión y mil quinientos a cuatro mil días multa en los supuestos agravados— guardan proporcionalidad con el resto de los delitos ambientales previstos en el Código Penal estatal y con el estándar federal para delitos contra la biodiversidad.
Se prevé, además, el decomiso obligatorio de artes de pesca, embarcaciones, vehículos y productos obtenidos, en congruencia con las reglas generales sobre decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito, y con la finalidad de quitar incentivos económicos a la pesca ilícita.
El aumento de la pena en caso de reincidencia sigue la lógica de punibilidad diferenciada para quien persiste en la conducta ilícita, al tiempo que la agravación para ríos y cuerpos de agua de la región Huasteca Potosina, áreas naturales protegidas y casos de daño grave a ecosistemas y comunidades, reconoce la especial vulnerabilidad y valor ecológico de estas zonas y la necesidad de brindarles un nivel reforzado de protección penal.
La diputada Azuara Yarzábal expuso que la iniciativa tiene por objeto dotar al Estado de instrumentos penales específicos y reforzados para combatir la contaminación, la modificación ilícita de cauces y la pesca ilícita en ríos y cuerpos de agua interiores, con énfasis en la Huasteca Potosina y en particular en la cuenca del río Axtla, sin perder de vista el conjunto de ríos y sistemas acuáticos que bañan a los municipios de la región.
La iniciativa se turnó a la Comisión Primera de Justicia con opinión de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente.
