• 11 febrero, 2026 05:56

APRUEBAN LA REFORMA A LEY DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, PARA USO EXCESIVO DE DISPOSITIVOS DIGITALES

SE APROBARON REFORMAS A LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, PARA INCORPORAR LOS CONCEPTOS DE VIOLENCIA ESCOLAR Y VIOLENCIA EN LA COMUNIDAD

EL IFSE FISCALIZÓ CUENTAS 2024 CORRECTAMENTE, SEÑALA INFORME DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA QUE FUE APROBADO

Para que las autoridades municipales y estatales generen estrategias de prevención, atención y protección para salvaguardar la salud mental, frente a los efectos negativos derivados del uso excesivo de dispositivos digitales, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí.

Con esta reforma se busca establecer, como parte de las acciones de las autoridades estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias, realizar estrategias de prevención, atención y protección para salvaguardar la salud mental, frente a los efectos negativos derivados del uso excesivo de dispositivos digitales, incluyendo campañas de concientización, orientación a madres, padres y/o tutores, y el desarrollo de protocolos específicos para promover un uso equilibrado y saludable de la tecnología.

De acuerdo a estadísticas de Instituto Nacional de Estadística y Geografía e Informática (INEGI), el uso de las redes sociales entre menores de edad pasó de un 39% en el 2017 a un 69% en el 2022.

Lamentablemente, en algunas ocasiones esto trae consigo, ciberacoso, bullying, violencia digital e información no fidedigna. En este sentido, es importante y crucial que tanto las madres, padres, tutores y el sector educativo, trabajen de manera conjunta para establecer un uso equilibrado y saludable de los dispositivos digitales en la vida de niñas, niños y adolescentes. Algunas de estas estrategias para reducir el uso excesivo de dispositivos digitales.

El Decreto aprobado reforma las fracciones XXIII y XIV del artículo 46, el primer párrafo las fracciones IX y X del artículo 63; y se adiciona la fracción XXV al artículo 46, la fracción XI al artículo 63, de la Ley de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí.

Otros dictámenes

Se aprobó por unanimidad el Decreto que reforma, las fracciones XVII y XVIII; y adiciona, la fracción XIX todos del artículo 33 de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable, y la Competitividad, del Estado de San Luis Potosí, para establecer que se otorguen incentivos a personas físicas o morales, ya sean nacionales o extranjeras, que se encuentren establecidas dentro del territorio nacional, y que deseen trasladar sus actividades a nuestra entidad.

Se aprobó por unanimidad, el Decreto que adiciona el párrafo segundo al artículo 2 de la Ley de Ganadería del Estado de San Luis Potosí, para incluir el carácter neutro e inclusivo del lenguaje utilizado en la ley.

Por unanimidad, se aprobó la reforma a la fracción XVI del artículo 7o.; la fracción VI del artículo 44; y, se adiciona la fracción VIII al artículo 29; y la fracción VII al artículo 44, recorriéndose la subsecuente, a la Ley Agrícola para el Estado de San Luis Potosí, a fin de que las autoridades realicen acciones para promover el uso de semillas mejoradas y certificadas, los fertilizantes y demás insumos producidos en nuestro país requeridos para el buen desarrollo de los cultivos

Además, incorpora  acciones en materia de soberanía y seguridad alimentaria para priorizar a los pequeños productores en condiciones de pobreza y promover la integración de las cadenas productivas y la incorporación explícita de la igualdad de género en las políticas rurales.

Por unanimidad, se aprobó el Decreto que reforma diversos artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, a fin de incorporar las figuras de: agresor, debida diligencia y enfoque diferencial, como acciones para garantizar justicia con perspectiva de género

Se establece también la tipificación a mayor profundidad de la “violencia en la comunidad” para reconocer el daño extremo que se ejerce sobre la mujer en espacios donde convergen en el entorno social y la “violencia escolar”, para  definir el acoso y la violencia en el entorno educativo, y proteger a las niñas y adolescentes en un espacio fundamental para su desarrollo, obligando a las instituciones a implementar protocolos de actuación.

La violencia escolar puede expresarse en acoso escolar, definida como las conductas de diversa naturaleza que se genera de manera reiterada como burlas, amenazas, intimidaciones, agresiones físicas y psicológicas, aislamiento sistemático e insultos, que tienden a originar problemas que se repiten y prolongan durante cierto tiempo dentro o fuera del establecimiento educativo, incluyendo los medios tecnológicos.

Asimismo, en donde existe un abuso de poder, al estar provocada por un agresor, apoyado generalmente por un grupo, contra una víctima que se encuentra indefensa; quien no puede salir por sí misma de la situación, la cual provoca maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesto a un mal de carácter grave, la cual se repite debido a la ignorancia o pasividad de las personas que rodean a los agresores y a las víctimas omitiendo intervenir directamente.

Además, se incorpora la obligación de proporcionar información que sirva para nutrir el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, para brindar mayor certeza jurídica y garantizar la información fiable y actualizada en torno a nuestra entidad.

El decreto respectivo reforma la fracción XXII del artículo 26; y se adicionan las fracciones II Bis, IV Bis, V Bis y XV Bis al artículo 3º; las fracciones VII Bis y VII Ter al artículo 4º; y, la fracción XXIII al artículo 26, recorriéndose la subsecuente, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

Se aprobaron los Decretos por los que la Sexagésima Cuarta Legislatura declara el día 5 de Septiembre de cada año como: “Día del Docente de Educación Media Superior” y el día 24 de julio de cada año como: “Día Estatal de Concientización sobre el Hipotiroidismo”.

Por unanimidad, se aprobaron tres Decretos que autorizan a los Servicios de Salud de San Luis Potosí, la desincorporación del servicio público de: 43, 31 y 6 vehículos que se encuentran en desuso por término de vida útil, así como su desafectación contable y posterior enajenación mediante la modalidad de subasta pública.

También por unanimidad, se aprobó el Decreto que determina que el Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí, realizó su función de fiscalización de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2024, con apego a las disposiciones constitucionales, legales y normativas aplicables en materia de fiscalización y auditoría.

Puntos de Acuerdo

Se aprobó por unanimidad que la LXIV Legislatura exhorta respetuosamente a los 59 ayuntamientos del Estado de San Luis Potosí para que, a través de sus direcciones de Desarrollo Urbano, Ecología o sus equivalentes, verifiquen con los titulares de los fraccionamientos que cada desarrollo sea entregado con el área verde correspondiente así como la plantación del arbolado en las calles y vialidades, parques y zonas destinadas a ese fin.

Por unanimidad, se aprobó que la LXIV legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí exhorta respetuosamente a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Gobierno del Estado de San Luis Potosí para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice de manera urgente una investigación técnica y ambiental en la comunidad de montaña y localidades aledañas del municipio de Cerritos, a fin de determinar el origen, composición y posibles efectos del polvo gris que se deposita diariamente en la zona, y verifique el cumplimiento de las normas ambientales aplicables por parte de la planta Cementos Moctezuma o cualquier otra fuente emisora.

También, se exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) delegación San Luis Potosí para que, en coordinación con la Secretaría de Ecología  y Gestión Ambiental, realice las inspecciones correspondientes para determinar si la empresa Cementos Moctezuma o cualquier otra industria aledaña cumple con las condiciones establecidas en su licencia ambiental federal y en las normas oficiales mexicanas relativas a la emisión de partículas a la atmósfera, y en su caso, aplique las medidas preventivas y correctivas necesarias.

Se aprobó por unanimidad, que la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta respetuosamente al titular de la Secretaria de Educación del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, para que instruya las acciones preventivas y correctivas inmediatas de conformidad con lo siguiente: dar inicio o en su caso dar continuidad a la investigación del caso de acoso escolar en el municipio de Rioverde S.L.P., promoviendo la reparación del daño, la atención psicológica y educativa integral de la víctima, y las medidas de protección necesarias para asegurar su reincorporación segura al entorno educativo.

Y sensibilizar al personal directivo, docente, administrativo y alumnos, mediante capacitación en materia de personas con discapacidad en el que se les permita conocer los derechos de estas y la detección de acoso invisible o indirecto en el alumno con discapacidad.

Por unanimidad, se aprobó que el Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta a los 59 Ayuntamientos del Estado, para que adopten las medidas necesarias que permitan garantizar una atención prioritaria y respetuosa a las personas adultas mayores en todas las dependencias de atención al público, contando infraestructura adecuada, personal capacitado y procedimientos alternativos que faciliten la realización de sus trámites y servicios de manera ágil, accesible y eficiente, en pleno reconocimiento de sus derechos y necesidades.

También, se exhorta a los ayuntamientos a que, en un plazo no mayor a dos meses, elaboren y presenten un informe detallado ante este Poder Legislativo, que contenga las acciones emprendidas, programas implementados y resultados obtenidos.

Se aprobó la convocatoria a la ciudadanía en general para que proponga a la mujer que se estime merecedora del Reconocimiento “Matilde Cabrera Ipiña de Corsi”, año 2026.

A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia recibida y las iniciativas propuestas por las y los integrantes de la LXIV Legislatura.

En Asuntos Generales, el diputado Carlos Arreola Mallol planteó una iniciativa para elevar a rango constitucional, la protección ambiental incorporando la prohibición a prácticas extractivas de recursos naturales que generen daño irreversible al medio ambiente en San Luis Potosí.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria, el próximo martes 17 de febrero de 2026 a las 10:00 horas en el Salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.

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