07 de agosto de 2025
DIP. BRISSEIRE SÁNCHEZ LÓPEZ IMPULSA UNA INICIATIVA PARA ARMONIZAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
La diputada Brisseire Sánchez López, presentó una iniciativa para armonizar la Constitución Política del Estado a las reformas federales en la materia, para fortalecer las políticas públicas a favor de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
Con esto, se establece que el Estado reconoce a sus pueblos indígenas su unidad, lenguas y derechos históricos, manifiestos éstos en sus comunidades indígenas a través de sus instituciones políticas, culturales, sociales y económicas, así como su actual jurisdicción territorial, formas autonómicas de gestión y capacidad de organización y desarrollo internos.
En relación a las consultas indígenas, éstas se realizarán de conformidad con principios y normas que garanticen el respeto y el ejercicio efectivo de los derechos sustantivos de los pueblos indígenas reconocidos en esta Constitución.
Cuando la medida administrativa que se pretenda adoptar beneficie a un particular, el costo de la consulta debe ser cubierto por éste. La persona física o moral que obtenga un lucro por las medidas administrativas objeto de consulta debe otorgar a los pueblos y comunidades indígenas un beneficio justo y equitativo, en los términos que establezcan las leyes aplicables.
Los pueblos y comunidades indígenas son los únicos legitimados para impugnar, por las vías jurisdiccionales establecidas, el incumplimiento del derecho reconocido en esta legislación; la ley de la materia regulará los términos, condiciones y procedimientos para llevar a cabo la impugnación.
Además, contempla rubros como el de permitir desarrollar, practicar, fortalecer y promover la medicina tradicional, así como la partería para la atención del embarazo, parto y puerperio; también, el derecho a ser asistidas y asesoradas por personas intérpretes, traductoras, defensoras y peritas especializadas en derechos indígenas, pluralismo jurídico, perspectiva de género, y diversidad cultural y lingüística.
Asimismo, poder ejercer su derecho al desarrollo integral con base en sus formas de organización económica, social y cultural, con respeto a la integridad del medio ambiente y recursos naturales; a ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar cuando estas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas.
Parte importante, donde se reconoce y asegura el derecho de las mujeres indígenas y afromexicanas a participar de manera efectiva y en condiciones de igualdad en los procesos de desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, en la toma de decisiones de carácter público, en la promoción y respeto de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a la propiedad y a la posesión de la tierra y demás derechos humanos.
También, se reconoce y garantiza el derecho de la niñez, adolescencia y juventud indígenas y afromexicanos a una atención adecuada, en sus propias lenguas, para hacer efectivo el conocimiento y ejercicio pleno de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a las tecnologías, al arte, la cultura, el deporte y la capacitación para el trabajo y se garantizar una vida libre de exclusión, discriminación y violencia, en especial de la violencia sexual y de género.
Además, insta a que el Estado y los municipios adoptarán las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Constitución, con el propósito de eliminar discriminación, racismo, exclusión e invisibilidad de las que sean objeto las comunidades y pueblos indígenas y afroamericanos.
La iniciativa se turnó para su análisis a las comisiones de Puntos Constitucionales; y Asuntos de Pueblos y Comunidades Indígenas