• 25 abril, 2026 05:07

APRUEBAN REFORMAS PARA FORTALECER LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

SE BUSCA ORIENTAR LA ELABORACIÓN DE PRESUPUESTO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y ESTABLECER POLÍTICAS PÚBLICAS QUE GARANTICEN EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA: DIP. ROXANNA HERNÁNDEZ RAMÍREZ

Para garantizar una aplicación clara, coherente y efectiva de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, la Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado aprobó el dictamen que integra siete iniciativas en un solo proyecto legislativo, que será turnado al Pleno para su análisis y votación.

La presidenta de la comisión legislativa diputada Roxanna Hernández Ramírez, informó que el dictamen regula las acciones de coordinación interinstitucional entre el Estado, la Federación y los municipios, a fin de prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres.

Destacó que las reformas parten de una armonización con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, fortaleciendo las competencias y atribuciones de las autoridades, así como incorporando principios y criterios con perspectiva de género para orientar la elaboración de presupuestos públicos, políticas públicas y medidas administrativas que garanticen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en apego a los principios de igualdad y no discriminación establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Entre los aspectos relevantes, se establece la obligación de las autoridades de garantizar los derechos lingüísticos y la accesibilidad, proporcionando de manera gratuita intérpretes y traductores de lenguas indígenas y lengua de señas mexicana desde el primer contacto institucional, evitando que las barreras de idioma o discapacidad limiten el acceso a la justicia.

Subraya la importancia de esta medida en San Luis Potosí, entidad con alta presencia de lenguas indígenas como el Teének, Náhuatl y Xi’ iuy, por lo que se busca que los refugios para mujeres cuenten con personal capacitado que facilite la atención y genere confianza.

En materia de órdenes de protección, se establece que éstas deberán dictarse de manera inmediata y mantenerse vigentes mientras persista el riesgo para la víctima, evitando que concluyan por plazos administrativos cuando el peligro continúe.

Asimismo, se incorporan conceptos como violencia simbólica, entendida como la transmisión de mensajes, valores o estereotipos que perpetúan la desigualdad y la revictimización o victimización secundaria, que refiere al daño ocasionado por la actuación negligente u omisiones de las autoridades durante los procesos de atención y justicia.

Las reformas también buscan eliminar vacíos legales y asegurar que los estándares de protección en el estado estén alineados con la legislación federal, garantizando una atención integral a las mujeres.

El dictamen contempla modificaciones a diversos artículos de la ley, entre ellos el 1°, 2°, 3°, 4°, 14, 17, 26, 27, 30, 36, 42 Octies, 49, 54, 55, 56, 57 y 58, así como a los títulos Tercero, Sexto y Noveno, además de la adición de una fracción X Bis al artículo Cuarto.

Las iniciativas que dieron origen a este dictamen fueron promovidas por las diputadas Roxanna Hernández Ramírez, María Dolores Robles Chairez, Brisseire Sánchez López, Ma. Sara Rocha Medina, María Leticia Vázquez Hernández y el diputado Tomás Zavala González.

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